Secretaría de Extensión de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires
Concebimos la discapacidad como una cuestión de derechos humanos, lo que nos pone de cara a la discusión por la provisión de los recursos y ayudas para hacerlos efectivos; y por la responsabilidad del Estado, a través del sistema universitario, para esa provisión; en particular en lo referido a los derechos a la educación y el derecho al trabajo.
Al mismo tiempo, al reconocer el rango Constitucional de los derechos a enseñar, aprender y trabajar se hace impostergable generar líneas de acción comunes que –respetando la autonomía universitaria- apunten a hacerlos efectivos para todas y todos los ciudadanos, sin adjetivos que impongan limitaciones. Y para garantizar el real ejercicio de esos derechos es preciso diseñar políticas tendientes a posibilitar el ingreso, la formación y el pleno desenvolvimiento en la vida universitaria de las personas con discapacidad dentro de condiciones de alta calidad y de equidad.
Para efectivizar el acceso al derecho a la educación no alcanza, entonces, la enunciación de la igualdad de derechos, ni el ingreso irrestricto y la gratuidad, ya que los puntos de partida son desiguales. Se requieren políticas activas tendientes a posibilitar tanto el ingreso, la permanencia y los tránsitos flexibles requeridos, como la calidad de la educación a los estudiantes con discapacidad. Se requiere también del cumplimiento de las leyes vigentes en materia de trabajo para el propio personal de las Casas de Estudio. Por ello, se hace igualmente necesaria la generación de líneas específicas en el marco de las políticas de fomento del empleo sostenidas por las universidades. Todo ello contribuirá a pensar a las y los ciudadanos con discapacidad no sólo en calidad de estudiantes, sino también entre los demás actores de la vida universitaria.
Extracto del documento de Horco Molle. Comisión Interuniversitaria Dy DDHH
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